Reunión técnica realizada en la ciudad de Córdoba el 23 de febrero de 2003. Allí se realizaron las siguientes interpretaciones reglamentarias:

 

Artículo 20.      No está contemplada la necesidad de abandonar la cancha por parte del Juez. Si la tuviera, éste lo hará, de ser factible, una vez finalizada la mano en disputa, debiendo detenerse el juego hasta el retorno del Árbitro, quien, por ningún motivo podrá delegar transitoriamente su función en otra persona. Si el Juez tuviera un impedimento que no le permitiera continuar actuando, se aplicará, por analogía, lo establecido en el artículo 13.

 

Artículo 24 y 27. Los 15 (quince) minutos de tolerancia rigen para todos los jugadores, sean titulares o suplente. Este criterio es aplicable también al Director Técnico, ya que el mismo es integrante del equipo.

 

Artículo 38, 40 y 41. Un jugador se dispone a efectuar una jugada de arrime.        Accidentalmente,  se le cae la bocha de las manos, picando más allá de la línea de los 4 m de salida. El jugador se adelanta y levanta la bocha del piso. De acuerdo con el artículo 38 esta bocha se considera jugada, por lo que el Juez deberá aplicar el artículo 40, penando al equipo del jugador infractor con 6 (seis) tantos en tercetos y 4 (cuatro) tantos en individual o parejas. Esto también es aplicable a la jugada de rafa. Igual criterio se utilizará para las jugadas de pique, bochazo, bochazo de retroceso, arrime de retroceso y jugada a zona libre si la bocha caída de las manos hiciera su primer contacto detrás de la línea demarcatoria de los 7,50 m.

 

Artículo 48.   Si una bocha jugada de arrime ingresa en la zona libre, golpea en la cabecera y retorna a la zona de juego sin haber hecho juego será anulada. Si bien este caso no está expresamente contemplado, se aplica, por analogía, lo establecido en este artículo para la bocha lanzada en la jugada a la zona libre, Además, vale recordar que esta es la pena aplicada cuando el bochín se encuentra en la zona de juego.

 

Artículo 48.   Si la bocha jugada saliera de la zona de juego libre sin haber tocado ningún elemento dentro de la misma y hubiera producido desprendimiento de algún elemento apoyado en la cabecera, la bocha lanzada será anulada y el objeto desprendido de la cabecera volverá su marca.

 

Artículo 48.    La bocha jugadora golpea en la cabecera, en su recorrido de vuelta hacia la zona de juego y sin haber salido aún de la zona libre desplaza una bocha que se encontraba marcada en la zona de juego, transponiendo luego la línea  de 1,50 m.  Se anulará la bocha lanzada por haber salido de la zona de juego libre sin haber tocado ningún elemento dentro de ella, volviendo a su marca  la bocha  desplazada.  No  es aplicable   la Regla de la Ventaja, porque el impacto en el objeto ubicado en la zona de juego no se produjo en el recorrido de ida de la bocha lanzada a la zona libre.

 

Artículo 48 y 64.   Una bocha ubicada en la zona de juego es impactada válidamente, ingresa en la zona de juego libre, golpea en la cabecera y reingresa en la zona de juego, mientras que el bochín es llevado a ésta por la bocha lanzada. Todos los elementos desplazados se marcarán donde se hayan detenido.

 

Artículo 48, 64 y 66.  Se encuentran una bocha ubicada en la zona de juego libre y otra en la zona de juego separadas por 24 cm o menos. Para impactar válidamente de bochazo o bochazo de retroceso en cualquiera de ellas deberá declararse la jugada señalando como objeto cantado a la bocha que se encuentra en la zona de juego. Si el jugador declara que va a jugar a zona libre e impacta directamente en esta última, se aplicará la Regla de la Ventaja.

 

Artículo 49, puntos 3 y 4.  Si una bocha  desplazada que deba colocarse contra la cabecera ha golpeado en la misma en más de un lugar, deberá ubicarse en el sitio en donde se produjo el primer contacto.

 

Artículo 49,  punto 5.  Por efecto de un bochazo regular, un bocha que estaba en la zona de juego, ingresa en la zona de rafa y vuelve ala zona de juego, desplazando el bochín que se encontraba en su marca. Cuando el Juez intenta reponer el bochín en su marca, se encuentra que este lugar está ocupado por otra bocha (lanzada o desplazada). El citado punto 5 establece que el bochín debe volver a su marca pero no dice qué hacer si una bocha le ocupa el lugar. Debe aplicarse, por analogía, el criterio del artículo 50. Por lo tanto, el bochín deberá ser  colocado  en su marca y la bocha que le ocupa el lugar se colocará tocándolo  del  lado en que vino. Igual criterio se aplicará si la que debe volver a su marca es una bocha.

 

 

 

Artículo 52.   La aceptación o no de la jugada irregular debe ser hecha de manera inmediata a la finalización de la misma, no pudiendo realizarse ninguna medición para determinar cuál se halla en ganancia. La decisión deberá ser comunicada al Juez por parte del Capitán, no estando permitida tampoco la consulta con el Director Técnico.

 

Artículo 53.  Un jugador se dispone a arrimar, pisando con el talón del pie la línea de los 4 m. Antes de lanzar la bocha, eleva el talón, dejando de estar en contacto con dicha línea. El juez debe proceder a anular la bocha y sus efectos, ya que se considera que ha transpuesto esa línea.

 

Artículo 64.  Si al ir a proceder a la medición de un bochazo el Juez observara que en alguno de los pozos hubiera algún trozo de material del piso de la cancha, deberá retirar ese cuerpo extraño antes de colocar el elemento en el mismo.

 

Artículo 71.    Después de golpear en la cabecera, la bocha lanzada, sin salir de la zona de rafa, desplaza algún elemento ubicado en la  zona de juego. Si la bocha lanzada no sale de la zona de rafa, se marcará donde se haya detenido y el objeto desplazado también. Si la bocha lanzada saliera de la zona de rafa, será anulada y el objeto desplazado volverá a su marca.

 

Artículo 76. Estando el bochín en zona de juego, por efecto de un bochazo regular la bocha jugadora y una desplazada, que ha ingresado en la zona de rafa, transponen la línea de 4,00 m de salida. La bocha jugadora se anulará y la bocha desplazada se colocará contra la cabecera en el lugar que corresponda. Si esta jugada se produjera con el bochín en zona de juego libre, se anularán ambas bochas.

 

Vestimenta: Bombacha o pantalón de buzo elastizado en tobillo, NO son reglamentarios.

 

Si las bochas son nuevas y tienen adherido el papel con la marca, los papeles se deberán sacar antes de comenzar el partido.

 

Si un jugador pasa la línea de los 4 mts. Antes de arrimar o lanzar el bochín, con dichos elementos en la mano, será apercibido por el Juez, en caso de reincidencia, se anulará la bocha o el lanzamiento del bochín. La misma aplicación si pasa los 7,50 mts. antes del bochazo.

 

Reunión técnica realizada en la ciudad de Córdoba en el año 2004 en la que se realizaron las siguientes interpretaciones reglamentarias

 

Artículo 25: Dichas prohibiciones son para Jugadores, Suplentes y Técnicos, esto es aplicable en Torneos Provinciales y Campeonatos Argentinos.