APROBADO POR LA CONFEDERACIÓN SUDAMERICANA DE BOCHAS EN SU CONGRESO DEL 23 DE ENERO DE
1999, ENTRANDO EN VIGENCIA EN LA REPÚBLICA ARGENTINA A PARTIR DEL 01 DE AGOSTO DE
1999.
INCLUYE MODIFICACIONES REALIZADAS EN EL CONGRESO DEL 16
DE OCTUBRE DE 1999, EN LA CIUDAD DE COLÓN, PROVINCIA DE ENTRE RÍOS, REPÚBLICA
ARGENTINA.
El deporte de las
bochas se practica entre dos equipos opuestos que, mediante una serie de bochas
diferenciadas entre sí como «lisas» y «rayadas» y jugadas dentro de un rectángulo rodeado de barandas o tablas
(cancha), pugnan por marcar puntos o «tantos» hasta llegar a una cantidad
determinada que define el partido a favor de uno de ellos.
Consiste el juego en que uno de los equipos obtenga los tantos mediante
aquellas bochas que consiga colocar más cerca de una más pequeña bocha neutral
(bochín) que la bocha más cercana del equipo
contrario, una vez jugadas todas las bochas del juego. Se dice entonces que ha terminado una «mano»,
y el equipo que tenga una o varias bochas más cercanas al bochín se anotará tantos puntos como bochas superen a la
más cercana del equipo rival.
La cantidad de bochas será de cuatro por equipo si éste se compone de
uno o dos jugadores (individuales o parejas) y de seis bochas para los partidos
entre tercetos. En parejas y tercetos
cada jugador utilizará únicamente dos bochas por cada juego o «mano».
Mientras un equipo no consiga que por lo menos una de sus bochas quede
más próxima al bochín que la más cercana del rival,
tendrá que insistir con las que le queden sin jugar, hasta agotarlas en el
intento. Si no consiguiere su objetivo,
se dice que no pudo «quitar el tanto» y entonces jugará el equipo rival el
resto de sus bochas, tratando de acumular más tantos con ellas. Si un equipo consigue «quitar el tanto»,
corresponderá al otro tratar de recuperarlo.
El partido finalizará cuando uno de los equipos alcance primero la
cantidad de tantos que estipulen las reglamentaciones vigentes, debiendo para
ello jugarse todas las manos que fueran necesarias.
Se entiende que en cada mano sólo uno de los equipos puede marcar tantos a su
favor.
A los efectos de la práctica oficial de este
deporte, está en vigencia el siguiente Reglamento de Juego:
Las instituciones afiliadas deberán poseer sus canchas cubiertas, en perfecto estado de conservación y sin tener desniveles pronunciados,
salvo los peraltes en tablas laterales de 0,20 m por 0,05 m.
Entiéndese por cancha el espacio limitado por
las bandas laterales y cabeceras de madera.
Serán las medidas reglamentarias:
|
Largo: |
24,00 m |
|
Ancho: |
|
|
Altura: |
Mínima del techo, en el centro desde el piso a la parte baja
del mismo, 5,50 m
y en los extremos de las cabeceras, 3,00 m. |
|
Alto máximo uniforme 30 cm y mínimo 25 cm; espesor de las tablas
5 cm. |
|
|
Altura: 1,50 m.
A los costados de
las cabeceras, sobre las bandas laterales, se colocarán sendos suplementos de iguales espesor y altura que los de
estas últimas y de 1,50 m de largo. |
Los eventos internacionales deberán disputarse en canchas
con medidas reglamentarias de 24,00 m de
largo por 4,00 m de ancho y preferentemente piso sintético.
Las tablas laterales
y la cancha deberán
marcarse en forma visible, con tiza o pintura, de la manera indicada en el gráfico con trazo bien
fino.
a)
las líneas A y A'
coincidirán con las cabeceras
y extremos de la cancha;
b)
las líneas B y B' se trazarán a 1,50 m de las cabeceras y determinarán las áreas de la zona de juego libre y
la rafa masculinas, y el límite máximo donde deberá quedar ubicado el
bochín sin sobrepasarla
con su periferia
(masculino);
c)
las líneas C y C' se trazarán a
4,00 m de las cabeceras e indicarán:
c.1-
el límite máximo
permitido al jugador para el lanzamiento del bochín y para efectuar el
arrime y la rafa;
c.2-
las áreas de la zona de juego libre y la rafa femeninas,
y el límite máximo donde deberá quedar ubicado el bochín sin
sobrepasarla con su periferia
(femenino);
d)
las líneas D y D' se
trazarán a 7,00 m de las cabeceras y determinarán el límite mínimo donde
deberá dar el primer pique la bocha jugada de rafa;
e)
las líneas E y E' se trazarán a 1,00 m de la
línea F e indicarán la distancia mínima en donde deberá quedar ubicado el
bochín, transponiéndolas con toda su periferia;
f)
la línea F señalará la mitad de la cancha de juego;
g)
las líneas G y G’ se trazarán a 7,50 m de las
cabeceras y determinarán:
g.1-
el límite máximo permitido al jugador para efectuar
el bochazo, el bochazo de retroceso, el arrime de retroceso, el lanzamiento a
la zona libre y el pique;
g.2-
el límite mínimo donde deberá dar el primer pique
la bocha jugada a zona libre y de pique.
a)
Zona de juego
libre:
a.1-
será la comprendida entre la cabecera (línea A') y
la línea B' trazada a 1,50 m de ella para caballeros.
a.2-
será la comprendida entre la cabecera (línea A') y
la línea C' trazada a 4,00 m de ella para damas.
Para que sea válida la zona
libre, el bochín deberá estar ubicado en dicha área. Entiéndase que una bocha o el bochín estarán
en zona de juego libre cuando se encuentren a 1,50 m o menos de la
cabecera para caballeros o 4,00 m o menos
para damas, tomando como referencia las periferias de ellos más cercanas a la
cabecera.
Para salir de la zona libre deberán transponer totalmente la línea de
1,50 m (B') para caballeros y la de
4,00 m (C') para damas;
b)
Zona de rafa: la masculina será la comprendida entre la
cabecera (línea A') y la línea B' trazada a 1,50 m de ella; y la femenina será
la comprendida entre la cabecera (línea A') y la línea C' trazada a 4,00 m de ella; debiendo en ambos casos
estar el bochín en zona de juego;
c)
Zona de juego: será la comprendida entre la línea C de
salida y la línea B' (para caballeros) y C' (para damas);
d)
Zona de
ubicación del bochín: al inicio
del juego o de cada mano será la comprendida entre las líneas E' y B' (para
caballeros) y C' (para damas), debiendo sobrepasar con su periferia la línea E'
y no sobrepasar con su periferia la línea B' (para caballeros) ni la C' (para
damas);
e)
Zona de bochazo: será la comprendida entre la línea C de
salida y el fondo de la cancha opuesto (línea A’) o elementos golpeados en esa
zona;
f)
Zona de bochazo
de retroceso: será la comprendida entre la cabecera opuesta (línea A’) y la línea C
de salida;
g)
Zona de la jugada de pique: será la comprendida entre la línea G de salida y el
fondo de la cancha opuesto (línea A’).
Este deporte deberá practicarse con
bochas de material sintético, debiendo ser de colores iguales entre sí, distintos los de
cada equipo, o lisas y rayadas, de 112 mm
a 115 mm
de diámetro, macizas y de peso uniforme, que oscilará entre 1050 g y 1150 g. El bochín, de material sintético, deberá tener un diámetro de 45 mm y un peso de
65 g a 80 g.
En el orden
nacional cada Confederación o Federación reglamentará
la medida y el peso de las bochas dentro de las
especificaciones precedentes, siendo obligatorio en cada lugar donde se disputen
partidos proveer tales elementos.
En las competencias internacionales el país organizador deberá proveer
las bochas dentro de las medidas reglamentarias.
La Confederación Argentina de Bochas ha resuelto adoptar el diámetro de 115 mm y el peso de 1150 g, debiendo respetarse la uniformidad.
Los partidos de campeonatos locales, nacionales e internacionales se
jugarán a 12 (doce) o 15 (quince) puntos,
según se establezca en las bases del torneo.
Todos los partidos serán fiscalizados por un Juez, el cual podrá tener dos ayudantes, uno de salida y otro de tanteador.
Será obligación del Juez, previamente a la iniciación del encuentro,
observar que las bochas, el bochín, la cancha, las tablas y la luz se hallen en
condiciones adecuadas para el normal desarrollo del partido. Si no fuera así,
el partido no podrá disputarse, salvo que a juicio del Juez las deficiencias
existentes pudieran ser salvadas en el momento, haciendo notar en la planilla
esta situación.
Los Jueces no permitirán la iniciación del partido habiendo personas
extrañas al juego dentro de la cancha.
Los Jueces no aceptarán más observaciones que las que formularan los
Capitanes de los equipos y siempre que fueran expuestas en forma correcta.
Cualquier irregularidad detectada por los Jueces deberá ser consignada
en las planillas.
Los Jueces deberán tomar las decisiones inmediatamente de producidas las
infracciones y no podrán aplicar otras penas que las establecidas
en el presente Reglamento.
Los fallos de los Jueces serán inapelables en todas las jugadas de
apreciación visual. Ejemplos: una bocha
o el bochín que transpusieran las líneas de juego libre o fuera de juego, una
bocha o el bochín que pegaran fuera de los límites de la cancha y reingresaran
en la misma, etc.
En los partidos, realizados o no, el Juez y
los Capitanes deberán firmar las planillas respectivas
con las constancias debidas, debiéndolas entregar a la autoridad competente.
En ausencia del Juez actuarán los suplentes; si estos tampoco se hicieran
presentes, quedarán facultados los Capitanes o
Delegados para ponerse de acuerdo en la elección del sustituto. De todo esto se dejará debida constancia en
las planillas.
Cada equipo deberá ser dirigido por un Capitán. Entiéndese que el
Capitán será el encargado de dirigir el juego de su equipo y será responsable
de cualquier incidente que pudiera producirse
durante el desarrollo del partido.
Tendrá, además, la obligación de velar para
que los jugadores cumplan con los deberes de deportistas y este Reglamento.
Los jugadores deberán presentarse en forma correcta a disputar los
partidos y será su obligación acatar y respetar las decisiones de los Jueces.
Les estará prohibido protestar con palabras o ademanes que pudieran
interpretarse como falta de respeto o efectuar cualquier otro acto que
significara insubordinación u ofensa, antes, durante o después de los partidos
hacia sus compañeros de equipo, jugadores rivales, Jueces, Directores Técnicos,
Delegados y público.
Permanecerán mientras se juegue una bocha, a una distancia o en un lugar
que aseguren que no interrumpirán ni dificultarán el juego.
Si un jugador transgrediera los artículos
15, 16 ó 17 o cometiera irregularidades
de hecho o palabra será amonestado verbalmente por el Juez. Si reincidiera,
éste ordenará su expulsión. Si no acatara dicha resolución se dará por perdido
el partido al equipo al cual pertenece el jugador infractor, quedando este equipo
con los tantos acumulados y el equipo adversario con el máximo puntaje.
En caso de que el jugador necesitara humedecer las bochas, deberá
hacerlo necesariamente usando los mojadores que deberán colocarse en las
canchas, siéndole prohibido mojarlas con saliva. Esta infracción será castigada con la
descalificación de la bocha jugada y la anulación de los efectos producidos.
Ningún jugador podrá hacer abandono del campo de juego, sin previo
consentimiento del Juez y únicamente podrá hacerlo durante 3 (tres) minutos y por una sola vez en un
partido, siempre que una necesidad imperiosa lo obligara a ello, y podrá salir
únicamente después de que haya jugado sus bochas, de manera de no interrumpir
la mano en juego.
En los partidos de parejas o tercetos, los 3 (tres) minutos serán computados desde el momento en que se
inicie la mano siguiente, sin detener por ningún motivo el juego. Si el jugador
salido no volviera en el tiempo establecido, serán anuladas sus dos bochas,
pudiendo reingresar en la siguiente mano si estuviera presente antes de
arrojarse el bochín.
En los encuentros de la modalidad individual, los 3 (tres) minutos
serán computados por el Juez una vez que éste dé por finalizada la mano en
juego en la cual el deportista haya solicitado autorización para retirarse de
la cancha, debiendo detenerse el juego.
Si el jugador no retornara en el tiempo establecido, se le anulará, en
la mano a jugarse, una bocha cada 3 (tres)
minutos de retraso. Anuladas las 4 (cuatro) bochas, o sea, luego de 12 (doce) minutos de retraso, perderá el
partido.
En la modalidad individual se jugará con
4 (cuatro) bochas por jugador.
En parejas y tercetos cada jugador usará
2 (dos) bochas.
En los encuentros de parejas y tercetos se autorizará el cambio de un jugador por una vez durante el desarrollo
del partido; éste deberá realizarse después de terminada la mano de juego,
anunciándolo al Juez por el Director Técnico o, en su ausencia, por el Capitán.
En los encuentros de individuales no podrá realizarse el cambio de jugador en
ningún caso, so pena de perder los puntos.
Los partidos de tercetos y parejas deberán iniciarse con los equipos
completos, no permitiéndose jugar con dos
o un jugadores, respectivamente.
Las instituciones cuyos jugadores no se encontraran presentes a la hora
fijada no podrán practicar y vencido el término de tolerancia de 15 (quince) minutos, perderán los puntos
correspondientes, los que serán acreditados a favor del equipo adversario,
adjudicándole el máximo puntaje.
Estará estrictamente prohibido fumar, ingerir bebidas alcohólicas y
utilizar aparatos telefónicos en el campo de juego, a jugadores, Jueces,
auxiliares de cancha y ayudantes, durante los partidos de toda confrontación en
el deporte de las bochas. La
transgresión al presente artículo será sancionada con la expulsión del
infractor o la remoción del Juez, auxiliar de cancha o ayudante.
El jugador expulsado no podrá representar a su Institución durante el
resto del torneo, pudiendo ser reemplazado por el suplente, si lo hubiera, en
los partidos posteriores.
Los Jueces vestirán uniformes de acuerdo con lo establecido por cada
Confederación o Federación.
En competencias locales, nacionales e internacionales los jugadores
deberán vestir de acuerdo con lo establecido por cada Confederación o
Federación Nacional, no obstante deberá respetarse lo siguiente:
a)
usarán calzado o zapatilla deportiva sin tacos y
medias predominantemente de color blanco; cinturón, si usara, blanco;
b)
observarán rigurosa uniformidad tanto en modelo
como en color: la camisa o la remera que
se utilicen serán con cuello volcable, mangas largas o cortas, permitiéndose
usar polera bajo la camisa o la remera;
c)
deberán usar distintivo de la institución que
representan, todos iguales en diseño y tamaño; éste no podrá ser mayor de
8 cm por lado, y estará ubicado en forma visible a la altura de la tetilla
izquierda de la prenda exterior, y podrá estar incorporado en la prenda o
adherido;
d)
los jugadores de un mismo equipo que estén dentro
de la cancha, deberán estar vestidos iguales en cuanto a diseño y color. Se aceptará solamente que las mangas sean
cortas o largas, en caso de que el jugador sintiera la necesidad de sacarse o
ponerse el abrigo; y se autorizará la remera fuera del pantalón o la pollera
siempre que la misma fuera elastizada en su parte inferior;
e)
podrán llevar emblema de alguna firma comercial en
las prendas superior o inferior, quedando prohibido el uso de emblemas
políticos o religiosos;
f)
la ropa de abrigo reunirá las mismas
características de las prendas de verano, tanto en diseño como en color.
La Confederación Argentina de Bochas ha resuelto que los Jueces vestirán
uniforme totalmente blanco.
Cada equipo podrá disponer de una persona encargada de la dirección técnica
a quien los jugadores únicamente podrán consultar, al cual se le asignará un
lugar adecuado al costado del campo de juego, pudiendo desplazarse si lo viera
conveniente, debiendo usar la identificación de su representada, la que llevará
en el pecho a la altura de la tetilla izquierda y deberá firmar la planilla
correspondiente.
Podrá impartir instrucciones a su equipo si lo considerara necesario,
durante el tiempo establecido por el artículo 39,
o sea el plazo máximo entre cada bocha a jugarse; podrá transmitirlas a
cualquier jugador de su equipo, y solamente cuando le correspondiera lanzar la
bocha a su equipo, de manera que no interrumpa al equipo adversario.
En el caso de que el Director Técnico molestara a los jugadores o al
Juez, o cometiera irregularidades de hecho o palabra será amonestado
verbalmente por el Juez. Si reincidiera, éste, dispondrá el retiro del mismo,
debiendo hacer constar en la planilla los motivos de esta situación. En este
caso no podrá ser reemplazado. Serán las
autoridades comisionadas las que determinarán las sanciones que correspondiera
aplicar.
También podrá impartir instrucciones, antes de que su equipo arroje el
bochín, no excediendo el tiempo de 1 (un) minuto.
Antes de iniciarse el juego se procederá al sorteo de las bochas, siendo
el ganador de éste el que iniciará el juego y decidirá qué equipo realizará la
práctica en primer término, eligiendo también el color de las bochas. Entiéndase
por iniciación del juego la acción de arrojar el bochín.
Iniciado el juego, las bochas escogidas no podrán ser sustituidas,
excepto por defectos producidos durante el partido.
Antes de la iniciación del partido se permitirá a cada equipo hacer una
jugada de prueba por lado, a título de reconocimiento de cancha, con las
siguientes características:
a)
2 (dos) bochas por jugador en los partidos de
parejas y tercetos; 4 (cuatro) bochas por jugador en los partidos de la
modalidad individual;
b)
el jugador suplente también tendrá derecho a
efectuar dicha práctica con 2 (dos)
bochas suplementarias.
Hasta la realización del Congreso, los participantes tendrán horarios
fijos e iguales de práctica en las distintas canchas en las que se realice el
Campeonato. Los horarios serán fijados previamente por el Comité Organizador.
El bochín deberá ser arrojado desde la zona de los 4,00 m sin tener
bocha en la mano, y deberá ser ubicado a más de 1,00 m de la mitad de la
cancha, a más de 20 cm de las tablas laterales y a más de 1,50 m de
la cabecera opuesta (masculino) y 4,00 m
de la cabecera opuesta (femenina).
El equipo que haya ganado el bochín tendrá 2 (dos) opciones para ubicarlo dentro de dicho
rectángulo. Si no lo hiciera, el equipo
adversario tendrá una opción y si nuevamente no se ubicara en dicho lugar, el
Juez lo colocará a 1,74 m de la cabecera (masculino) o 4,24 m de la
cabecera (femenina) y en el centro de la cancha, debiendo jugar, en todos los
casos, el equipo que lo haya arrojado por primera vez. No necesariamente el
jugador que arroje el bochín deberá jugar la primera bocha.
En ningún caso valdrá cuando el bochín al ser arrojado ingresara dentro
de la zona de 1,50 m (masculino) o
4,00 m (femenina), aunque volviera a la zona de juego.
Una vez arrojado el bochín y quedando en condiciones reglamentarias,
estará absolutamente prohibido moverlo de su sitio, debiendo proceder el Juez a
su marcación como se indica en el artículo 42.
Cuando por cualquier causa se anulara una mano, le corresponderá arrojar
el bochín al equipo que haya marcado tanto/s en la mano anterior. Si esta
situación se produjera en la primera mano, le corresponderá hacerlo al equipo
que haya ganado el sorteo de las bochas. En ambos casos deberá hacerse en
sentido contrario al que se jugó la mano anulada.
Desde la salida no estará permitido jugar la bocha o el bochín apoyado
en las tablas laterales, otra persona, piso, pared u otro objeto, con ninguna
parte del cuerpo; tampoco podrán apoyarse la bocha o el bochín en el piso. Las infracciones a este artículo serán
penadas con la descalificación de la bocha y la anulación de los efectos
producidos; en caso de tratarse del bochín se procederá de acuerdo con lo
establecido en el artículo 29.
Si al jugarse la primera bocha, ésta fuera retirada por una infracción,
deberá jugar nuevamente el
mismo equipo, y seguirá haciéndolo hasta que marque el tanto. El mismo temperamento deberá usarse en caso
de que al jugarse la primera bocha ésta fuera golpeada por la acción de un
bochazo, una rafa o un bochazo de retroceso y salieren ambas (la lanzada y la
golpeada): deberá seguir jugando el equipo que haya lanzado el bochazo, la rafa
o el bochazo de retroceso por no haber ganado el tanto.
El jugador que vaya a jugar la bocha será quien deberá indicarle al Juez
la jugada que irá a realizar.
Todas las bochas al inicio de cada mano y las que durante el juego no
hayan sido jugadas aún, deberán estar en el piso apoyadas contra la cabecera de
salida y del lado asignado a cada equipo.
La infracción a esta disposición causará la descalificación de las
bochas correspondientes en esa mano.
Cada equipo deberá ordenar sus bochas.
Si un jugador hiciera uso de la bocha del contrario o una tercera de su
equipo, se aplicará lo siguiente:
a)
si fuera la del contrario, ésta deberá ser devuelta
a la salida e invalidados sus efectos, anulándose una bocha al jugador
infractor, y si éste no tuviera, una de su equipo, determinando el Capitán a cuál
jugador pertenece la bocha;
b)
si fuera una tercera de su equipo, ésta será
anulada al igual que sus efectos.
En caso de iniciarse la jugada posterior será convalidada la jugada,
debiendo cambiarse la bocha jugada perteneciente al contrario y devuelta aquélla
a la salida. Si la bocha a cambiar no
fuera ubicable se cambiará por la bocha del adversario más lejana al bochín.
Para efectuar cualquiera de las jugadas previstas, el jugador no deberá
tener más de una bocha en las manos. La infracción a esto se sancionará con la
descalificación de la bocha jugada y la anulación de sus efectos. También se
descalificará la bocha jugada mientras estuviera otra en movimiento; tampoco
estará permitido recoger y volver a jugar una bocha que ya haya sido jugada,
aun cuando hubiera acuerdo entre jugadores.
Será considerada como bocha no jugada aquélla que cayera de las manos
del jugador dentro de la zona de 4,00 m,
cuando fuera a efectuar arrime o rafa; y dentro de los 7,50 m si el juego
fuera de pique, bochazo, bochazo de retroceso, arrime de retroceso o jugada a
zona libre. Si tal cosa ocurriera una vez traspasadas estas líneas se
considerará como bocha jugada. En caso
de que el objeto a impactar estuviera ubicado entre los 4,00 m y 7,50 m de
salida no será considerada como caída de las manos.
El plazo máximo de tiempo entre cada bocha a jugarse no deberá exceder
de 1 (un) minuto, tiempo que será
observado por el Juez. En los partidos de parejas y tercetos se procederá de
esta manera:
a)
en caso de infracción, el Juez amonestará
verbalmente al Capitán del equipo;
b)
si se volviera a cometer la misma infracción, el
Juez procederá a retirar una bocha a jugarse del equipo infractor por la mano
en juego, debiendo el Capitán especificar a cuál jugador corresponde;
c)
en caso de reincidencia, el Juez retirará al equipo
infractor una bocha a jugarse por todo el resto del partido, debiendo el
Capitán especificar a cuál jugador corresponde;
d)
si el equipo reiterara una vez más esta infracción,
el Juez obligará al Capitán a retirar al jugador que estuviera jugando con una
bocha.
En los partidos individuales se procederá de la siguiente forma:
a)
la primera vez, se amonestará verbalmente al
jugador;
b)
si reincidiera, se le anulará una bocha a jugarse
por la mano en juego;
c)
en la tercera infracción y sucesivas, el Juez
anulará una bocha por el resto del partido por cada infracción cometida. De quedarse sin bochas perderá el partido con
el puntaje realizado, adjudicándose al adversario el máximo puntaje.
Cuando un jugador llegara a estorbar intencionalmente la trayectoria de
una bocha jugada desde la salida, o cualquier bocha en movimiento, será penado
con 6 (seis) tantos en tercetos y 4 (cuatro) tantos en individual y parejas, que
se sumarán al equipo adversario, excepto que ésta ya se encontrara
descalificada por aplicación de este Reglamento y no tuviera incidencia en el
juego.
Si el bochín o la bocha en su recorrido antes de hacer juego fueran
desviados por el Juez, un jugador, el ayudante de cancha y/o un cuerpo extraño,
se jugarán nuevamente. En el caso que
una bocha jugada impactara una bocha y como consecuencia del impacto, ésta, la
lanzada u otra bocha fueran tocadas o desviadas por el Juez, un jugador, el
ayudante de cancha y/o un cuerpo extraño, siempre que no se hiciera de manera
intencional, quedarán donde se hayan detenido.
Si fuera el bochín, se anulará la mano. En todos los casos, si fuera
hecho intencionalmente se aplicará el artículo 40.
Las marcaciones de las bochas deberán ser diferentes entre cada equipo y
se efectuarán en el piso con tiza. Se
usará como marca una línea recta paralela a la cabecera y una perpendicular a
ésta formando un ángulo recto, que distinguirá a las bochas lisas o cualquier
color; y otra marcación será igualmente una línea paralela a la cabecera
terminando con otra transversal de manera de formar dos ángulos rectos, que distinguirá a las bochas rayadas o
cualquier color. Además, se trazará una
línea paralela a las tablas laterales de manera de permitir la medición de la
bocha, que se efectuará de la siguiente manera:
a)
se unirán las dos marcas
en ángulo recto con la prolongación de las líneas, lo que dará un centro de
marcación;
b)
desde el centro de marcación obtenido se efectuará
la medición de los 70 cm del arrastre (artículos 54 y 55).
El bochín se marcará con una línea paralela a la cabecera y una paralela
a las tablas laterales.
Las bochas podrán medirse en cualquier momento a solicitud del Capitán
del equipo, antes de declarar la jugada a realizar, aún cuando uno de los
equipos no tuviera más bochas para jugar.
La medición se hará en presencia de ambos Capitanes, y una vez que el
Juez haya emitido su fallo, el mismo será inapelable, y no tendrá obligación de
volver a medir.
El jugador podrá cambiar la jugada a realizar, como asimismo el objeto
antes declarado, dentro del minuto de juego que establece el artículo 39.
Si una bocha obstaculizara la medición de otra bocha, podrá moverse a
ese efecto.
Cuando fuera imposible definir con exactitud la bocha que se hallara en
ganancia por estar en igualdad de distancia o bien porque las dos tocaran el bochín, a los efectos de
continuar el juego, deberá hacerlo el equipo que haya provocado la igualdad en
el último término; si dicho equipo ya no tuviera bocha, corresponderá jugar al
otro equipo para romper la igualdad; y si no lo consiguiera, se anulará la
mano, reanudándose el juego. Para considerar que existe igualdad cuando dos bochas toquen el bochín, éstas
deberán hacerlo directamente; si una de ellas tocara por medio de un cuerpo
extraño no se considerará como igualada.
Al
efecto de la adjudicación de tantos, si el bochín se colocara sobre las bochas,
se procederá como si estuviera sobre el piso, pero las medidas se tomarán desde
la periferia del bochín encimado. Si el bochín estuviera sobre las bochas de
ambos equipos se aplicará lo dispuesto en el artículo 44. Si fueran las bochas las
encimadas se medirán igualmente de la periferia y como si estuvieran en el
piso.
Estará
prohibido levantar o mover las bochas sin orden del Juez mientras éstas se
encuentren en juego. El equipo que
incurriera en esta infracción, sin previa orden de finalización de mano, será
penado con 6
(seis) tantos
en los partidos de tercetos, y con 4 (cuatro) tantos en los partidos de parejas
e individual, que se sumarán al equipo adversario.
Si
una vez detenidos el bochín o una bocha, estando marcados, el Juez, los
jugadores o el ayudante de cancha los movieran involuntariamente o se movieran
por cualquier circunstancia (pie, desniveles del terreno, etc.) se colocarán en
sus respectivas marcas.
La
zona de juego libre será la comprendida en los 1,50 m últimos (caballeros)
y 4,00 m últimos (damas) de la cancha, debiendo encontrarse el bochín en
esta área. El bochín estará fuera de
esta área cuando su periferia más cercana a la cabecera esté a más de
1,50 m (caballeros) y 4,00 m (damas) de ella.
En
la zona libre no será necesario declarar la jugada a realizarse ni la pieza a
golpear, debiendo el jugador avisar que jugará a zona libre, lanzando la bocha
desde el sector de los 7,50 m de salida (línea G), no debiendo
sobrepasarla ni pisarla con el pie adelantado, sin detener el avance del cuerpo
antes de arrojar la bocha y su primer pique deberá ser después de la línea de
salida de
7,50 m
como mínimo, hasta el fondo de la cancha como máximo, incluyendo el golpe
directo en la cabecera o golpe directo en cualquier objeto de la zona libre,
excepto el arrime que deberá hacerse de acuerdo con lo establecido en el artículo
53, sin límite de distancia para que se detenga la bocha, pudiendo incurrirse
en la infracción de arrastre dentro y fuera de la zona libre, aplicándose la
Regla de la Ventaja. Entiéndase por pie
adelantado o pie más avanzado aquél que se encuentre en el aire en el momento
de despedirse la bocha de la mano.
Si
la bocha jugada no cumpliera con las condiciones previstas en el párrafo
anterior, será anulada al igual que sus efectos. Igual criterio se aplicará si la misma
saliera de la zona libre sin haber tocado ningún elemento dentro de ella.
Si en su recorrido de ida a la zona
libre, la bocha lanzada impactara en alguna bocha ubicada en la zona de juego,
se aplicará la Regla de la Ventaja.
Cuando
el bochín se encontrara en la zona libre o como consecuencia de una jugada
regular el mismo fuera enviado a dicha zona, en ambos casos valdrán todos los
efectos producidos por la jugada dentro de la misma, siempre que no se
incurriera en una infracción descalificadora, debiéndose marcar las bochas y el
bochín en el lugar en que se hayan detenido, incluso la bocha o el bochín que
se hubieran desprendido de la cabecera.
Estando
el bochín en la zona de juego, cuando se produjera una jugada regular de rafa,
bochazo o bochazo de retroceso se tendrán en cuenta las siguientes
consideraciones:
1.
todos los efectos producidos por la bocha lanzada en la
zona de juego y en la zona de 1,50 m (caballeros) y 4,00 m (damas) serán válidos, aún
tocando alguna bocha o el bochín detenidos en sus marcas, fuera de ellas o en
movimiento. La bocha lanzada se marcará
en el lugar en que se haya detenido;
2.
toda bocha ubicada en la zona de juego que haya sido
desplazada a la zona de rafa sin salir de ella, se marcará donde se haya
detenido en dicha zona;
3.
toda bocha ubicada en zona de juego que hubiera sido
arrastrada a la zona de rafa y haya reingresado en la zona de juego se
colocará:
a)
contra la cabecera, en el lugar en el que haya golpeado;
b)
si no hubiera golpeado en la cabecera, contra ella en la
misma dirección en la que se haya detenido.
Si esto no fuera posible por estar ocupado ese lugar por una bocha, la
que haya salido de la zona de rafa se colocará en la posición más cercana a la
bocha que le ocupa el lugar, a su derecha o su izquierda, pero siempre en pérdida
de ella; si no pudiera ser colocada en pérdida, se invertirán las posiciones de
las bochas a tal efecto;
4.
toda bocha ubicada en la zona de rafa que hubiera sido
desplazada a la zona de juego, excepto por efecto del bochazo de retroceso, se
colocará:
a)
contra la cabecera, en el lugar en el que haya golpeado;
b)
si no hubiera golpeado en la cabecera, contra ella en la
misma dirección en la que se haya detenido.
Si esto no fuera posible por estar ocupado ese lugar por una bocha, la
que haya salido de la zona de rafa se colocará en la posición más cercana a la
bocha que le ocupa el lugar, a su derecha o su izquierda, pero siempre en
pérdida de ella; si no pudiera ser colocada en pérdida, se invertirán las
posiciones de las bochas a tal efecto;
5. toda bocha desplazada
que ingresara en la zona de rafa o que se encontrara en la misma, volviera a la
zona de juego por cualquier circunstancia y tocara el bochín fuera de su marca
o en movimiento, causará la anulación de la mano, excepto por efecto del
bochazo de retroceso. Si dicha bocha desplazada tocara una bocha en movimiento
o fuera de su marca, ésta se marcará donde se haya detenido. Si la misma tocara
una bocha o el bochín en sus marcas, éstos volverán a ellas, excepto por
efectos del bochazo de retroceso. En los dos últimos casos, la bocha desplazada
se colocará de acuerdo con lo establecido en los puntos 3 y 4 de este artículo.
Estando
el bochín en la zona de juego, cuando por efecto de una jugada regular se
desprendiera una bocha apoyada en la cabecera por el movimiento de ésta, se
procederá como sigue:
a)
la bocha desprendida de la cabecera volverá a su marca;
b)
si dicho lugar estuviera ocupado por otra bocha, la
desprendida volverá a su marca y la que haya ocupado dicho lugar se colocará a
su derecha o su izquierda según del lado en que hubiera golpeado en la
cabecera, en el lugar más cercano a la desprendida;
c)
si la bocha desprendida desplazara de su marca a otra
bocha, ésta volverá a ella, anulándose los efectos producidos y la bocha
desprendida regresará a su marca;
d)
si la bocha desprendida tocara en la zona de juego al
bochín en movimiento o fuera de su marca, se anulará la mano; si tocara una
bocha en movimiento o fuera de su marca, ésta quedará donde se haya detenido.
Si
por efecto de una jugada regular, el bochín ingresara en la zona libre y una
bocha desprendida de la cabecera por el movimiento de ésta lo enviara a la zona
de juego, el mismo se marcará donde se haya detenido y la bocha desprendida
volverá a su marca, anulándose los efectos producidos por ésta.
La
bocha podrá jugarse a zona libre, de arrime, arrime de retroceso, rafa,
bochazo, bochazo de retroceso o pique, debiendo para cada caso ajustarse a lo
que se señala para cada uno de ellos.
Algunas
jugadas irregulares a zona libre, de arrime, arrime de retroceso, rafa,
bochazo, bochazo de retroceso y pique, que se encuentran especificadas en los
correspondientes artículos, serán dejadas a consideración del adversario. Este
último podrá aceptar o no la jugada:
a)
si aceptara la jugada, ésta se transformará en jugada
regular;
b)
si no aceptara la jugada, la bocha infractora será
anulada al igual que sus efectos.
La
zona de arrime será la comprendida entre las líneas A y A', siendo la ubicación
del jugador para arrimar la comprendida entre las líneas A y C, y A' y C'. En el arrime el jugador deberá hacer rodar la
bocha por el piso, pudiendo pisar con el/los pie/s de apoyo la línea de
4,00 m, no debiendo sobrepasar dicha línea hasta que la bocha haya hecho
contacto con el piso. En todo momento el
jugador deberá ubicarse de frente a la cabecera contraria, es decir, en la
dirección en que está jugando. Si se
transgredieran estos preceptos, la bocha será anulada al igual que los efectos
producidos.
El
jugador podrá acompañar la bocha jugada aproximadamente a 1,00 m de
distancia de la misma, solamente hasta pisar la línea E o E', siendo ésta la
más cercana respecto del lugar desde donde haya sido lanzada la bocha, la que
podrá sobrepasar una vez detenida la misma.
Las infracciones a estas disposiciones facultarán la aplicación de la Regla
de la Ventaja.
Durante
la realización del juego se tendrá en cuenta el “arrastre”. Entiéndase por
arrastre cuando al efectuar arrime un jugador embistiera con su bocha, dentro
de la zona de juego o dentro de la zona de 1,50 m (caballeros) y 4,00 m (damas) a una bocha
propia, una contraria o el bochín y los desplazara en cualquier dirección más
de 70 cm del sitio de sus marcaciones.
Si al hacerse una jugada se golpeara una bocha de su mismo equipo o una
adversaria y éstas arrastraran una del equipo adversario o una propia o el bochín
a más de
70 cm
será considerado arrastre. Comprobado el mismo, se aplicará la Regla de la
Ventaja.
Para
establecer si se ha producido arrastre, tanto para la bocha como para el
bochín, se procederá de la siguiente manera: se medirá en línea recta desde el
centro de marcación del objeto desplazado (ver artículo 42) hasta la periferia del mismo en
el lugar en que se haya detenido, sin tenerse en cuenta el recorrido del mismo,
aun si hubiera golpeado en las bandas laterales, la cabecera, alguna bocha o el
bochín.
Si
la medición efectuada arrojara más de 70 cm, se considerará que se ha incurrido
en arrastre.
Estando
el bochín en la zona de juego, toda bocha jugada de arrime que hubiera ingresado
en la zona de rafa y haya vuelto a la zona de juego:
a)
si no tocara la cabecera ni hiciera juego dentro de la
zona de rafa, se marcará donde se haya detenido;
b)
si tocara la cabecera e hiciera juego dentro de la zona
de rafa, se colocará en el lugar en que haya golpeado en la cabecera;
c)
si no tocara la cabecera e hiciera juego dentro de la
zona de rafa, se colocará contra la cabecera en la misma dirección en que se
haya detenido. Si no fuera posible por estar ocupado ese lugar por una bocha,
se colocará en la posición más cercana a la misma, a su derecha o su izquierda,
pero siempre en pérdida de ella;
d)
si tocara la cabecera y no hiciera juego dentro de la
zona de rafa, se anulará.
Si como
consecuencia de una jugada de arrime una bocha que se encontrara en la zona de
rafa fuera desplazada a la zona de juego, sin incurrirse en arrastre, ésta
volverá a su marca. Si dicho lugar estuviera ocupado por otra bocha, ésta se
colocará en la posición más cercana a la que deba volver a su marca, a su
derecha o su izquierda, pero siempre en pérdida de ella; si no pudiera ser
colocada en pérdida, se invertirán las posiciones de las bochas a tal efecto.
Asimismo,
serán aplicables al arrime los puntos 2, 3 y 5 del artículo 49, agregándose que
lo dispuesto en el último de estos puntos para la bocha desplazada deberá
aplicarse también a la bocha jugada comprendida en los incisos “b”, “c” y “d”
del presente artículo.
Esta
jugada estará permitida cuando el bochín se encuentre en la zona de juego. Entiéndase por arrime de retroceso cuando la
bocha lanzada dé su primer impacto en la cabecera.
En
esta jugada deberán cumplirse los siguientes preceptos:
a)
la bocha deberá ser lanzada desde los 7,50 m de
salida, sin sobrepasar ni pisar dicha línea con el pie adelantado y sin detener
el avance del cuerpo antes de arrojarla.
Entiéndase por pie adelantado o pie más avanzado aquél que se encuentre
en el aire en el momento de despedirse la bocha de la mano. La bocha jugada
deberá impactar directamente contra la cabecera; de no ser así, la misma será
anulada al igual que sus efectos;
b)
después del impacto en la cabecera, la bocha jugada no
deberá tocar ni desplazar ningún objeto dentro de la zona de rafa; en tal caso,
se aplicará la Regla de la Ventaja. Si el adversario aceptara la jugada, será
aplicable el artículo 49;
c)
después del impacto en la cabecera, la bocha jugada no
deberá salir de la zona de rafa; en tal caso, se aplicará la Regla de la
Ventaja. Si el adversario aceptara la jugada, será aplicable el artículo 49;
d)
la jugada deberá ser declarada al árbitro; de no ser
así, la bocha será anulada al igual que sus efectos.
En
los casos de bochazo, rafa y bochazo de retroceso, cuando no se haya impactado
el objeto cantado o declarado y se impactaran una bocha o el bochín ubicados a
una distancia de 24 cm como máximo del objeto anunciado, se considerará
válida la jugada.
Para
establecer la distancia de 24 cm se medirá con una baqueta de 24 cm desde la periferia de la bocha
o el bochín anunciados a las periferias de la bocha o el bochín pasibles de ser
impactados. Si hubiera más de 24 cm, la jugada será irregular y el adversario aplicará la
Regla de la Ventaja (artículo 52).
Antes
de efectivizarse una jugada, el Juez deberá, una vez que el jugador haya
declarado el objeto a impactar, medir los demás elementos que pudieran ser impactados
sin cometerse infracción, y anunciar esta circunstancia. Si una bocha o el
bochín obstaculizaran la medición, podrán moverse a ese efecto.
La
jugada de rafa consistirá en golpear con o sin auxilio del terreno y de las
tablas laterales una determinada bocha adversaria o propia ubicadas en la zona
de rafa.
La
rafa deberá efectuarse sin trasponer pero pudiendo pisar con el pie más
avanzado la línea de los 4,00 m, sin detener el avance del cuerpo antes del lanzamiento
de la bocha, y su primer pique deberá ser después de la línea de los
7,00 m como mínimo y el fondo de la cancha como máximo. Entiéndase por pie
más avanzado o pie adelantado aquél que se encuentre en el aire en el momento
de despedirse la bocha de la mano.
En
todo momento el jugador deberá desplazarse de frente a la cabecera contraria,
es decir, en la dirección en que esté jugando, sin volver el cuerpo. La rafa
deberá ser anunciada, declarada o cantada.
Se
considerará rafa regular cuando en su recorrido de ida a la cabecera la bocha
lanzada haya golpeado en zona de rafa una bocha adversaria o una propia
debidamente anunciadas u otra que estuviera ubicada dentro de dicha zona a 24 cm o menos del objeto
declarado.
En
caso en que se produjere una jugada de rafa regular se tendrán en cuenta las
consideraciones de los artículos 49 y 50.
Una
rafa será irregular:
a)
cuando no cumpliera alguna de las condiciones previstas
en el artículo 60 o cuando una falta haya sido señalada por el árbitro.
Las infracciones a este inciso serán penadas con la anulación de la bocha y sus
efectos;
b)
cuando en su recorrido de ida a la cabecera la bocha
jugada no haya embestido la bocha anunciada u otra que estuviera ubicada dentro
de la zona de rafa a 24 cm o menos del objeto declarado y en dicho
recorrido embistiera a otro objeto ubicado en cualquier área de la cancha; en
tal caso se aplicará la Regla de la Ventaja;
c)
cuando en su recorrido de ida a la cabecera la bocha
lanzada no haya embestido ningún objeto en el campo de juego; en este caso la
misma será anulada.
Para
bochar el jugador no deberá sobrepasar ni pisar con el pie adelantado la línea
de los 7,50 m. Entiéndase por pie
adelantado o pie más avanzado aquél que se encuentre en el aire en el momento
de despedirse la bocha de la mano.
Dentro de esta zona el jugador podrá efectuar los pasos o saltos que
estimara convenientes. Podrá golpear
cualquier pieza ubicada desde los 4,00 m de salida hasta el fondo de la cancha.
No
podrá golpear una bocha o el bochín teniendo la propia aprisionada en la mano,
ni detener el avance del cuerpo antes de arrojarla.
El
bochazo deberá ser anunciado o cantado, declarando la pieza a ser golpeada.
En
todo momento el jugador deberá desplazarse de frente a la cabecera contraria,
es decir, en la dirección en que esté jugando sin volver el cuerpo, pudiendo
arrojar la bocha hacia atrás.
Un
bochazo será regular cuando:
a) estando el bochín en la
zona de juego, la bocha lanzada haya golpeado en la zona de juego una bocha
adversaria, una propia o el bochín anunciados o cualquier objeto ubicado a 24 cm o menos del objeto
declarado;
b) estando el bochín en la
zona de juego, la bocha lanzada haya golpeado en la zona de rafa una bocha
adversaria o una propia anunciadas u otra ubicada a 24 cm o menos de la declarada;
c) estando el bochín en la
zona de juego libre y el objeto declarado en la zona de juego, la bocha
arrojada haya impactado al mismo o a cualquier elemento ubicado dentro de los 24 cm del objeto declarado.
Para
que el bochazo sea válido, la bocha lanzada no deberá haber caído a más de 24 cm del objeto impactado,
tomándose como referencia la distancia que medie entre las dos periferias.
Para
establecer si hay más de 24 cm de distancia entre las
periferias se procederá como sigue:
a)
en canchas de piso sintético, se ubicará el objeto
impactado en su marca; en canchas de piso no sintético, el mismo se colocará en
el pozo que se produzca por efecto del impacto recibido;
b) se ubicará la bocha
lanzada sobre el pique dado por ella;
c) se procederá a medir la
distancia que medie entre las 2 periferias.
En
caso en que se produjera una jugada de bochazo regular se tendrán en cuenta las
consideraciones de los artículos 49 y 50.
Un bochazo será irregular:
a)
cuando no haya cumplido alguna de las condiciones
previstas en el artículo 63 o cuando una falta haya sido señalada por el árbitro. Las infracciones a este
inciso serán penadas con la anulación de la bocha y sus efectos;
b)
cuando la bocha lanzada no haya embestido el objeto
anunciado u otro ubicado a 24 cm o menos del mismo y embistiera, en su recorrido de ida
a la cabecera, a otro objeto ubicado a más de 24 cm del declarado; en tal caso, se
aplicará la Regla de la Ventaja;
c)
cuando la bocha lanzada haya caído en el piso a más de
24 cm del objeto válido alcanzado; en tal caso, se aplicará la Regla de la
Ventaja;
d)
cuando la bocha lanzada no haya embestido ningún objeto
en el campo de juego; en este caso, la misma será anulada.
Entiéndase
por bochazo de retroceso cuando la bocha lanzada dé su primer impacto
directamente en la cabecera. En todo momento, el jugador deberá desplazarse de
frente a la cabecera contraria, es decir, en la dirección en que estuviera
jugando, sin volver el cuerpo, no debiendo pisar ni sobrepasar con el pie más
avanzado la línea de los 7,50 m y sin detener el avance del cuerpo antes
de arrojar la bocha. Entiéndase por pie más avanzado o pie adelantado aquél que
se encuentre en el aire en el momento de despedirse la bocha de la mano.
El
bochazo de retroceso deberá ser cantado, declarando la pieza que pretende
golpearse. Dicha pieza deberá
encontrarse en la zona de juego o en la zona de rafa. Estando el bochín en la
zona de juego libre, no será necesario declarar la pieza a golpear si ella se
encontrara en esa zona (artículo 48), pero sí deberá hacerlo si dicha pieza se encontrara en
la zona de juego.
El
bochazo de retroceso será regular si la bocha lanzada, después de golpear en la
cabecera, golpeara el objeto anunciado u otro ubicado a 24 cm o menos del mismo.
En caso
en que se produjera una jugada de bochazo de retroceso regular se tendrán en
cuenta las consideraciones de los artículos 49 (excepto puntos 4 y 5) y 50.
El
bochazo de retroceso será irregular:
a)
cuando no haya cumplido alguna de las condiciones
previstas en el primer párrafo de este artículo, no haya sido debidamente
anunciado o una falta haya sido señalada por el árbitro; las infracciones a
este inciso se penarán con la descalificación de la bocha jugada y la anulación
de sus efectos;
b)
cuando haya embestido un objeto ubicado a más de 24 cm del objeto declarado;
en tal caso, se aplicará la Regla de la Ventaja;
c)
cuando la bocha lanzada no haya embestido ningún objeto
en el campo de juego; en este caso, la misma será anulada.
La
jugada de pique consistirá en golpear la cabecera con una bocha lanzada que
previamente deberá tocar el terreno en cualquier lugar de la cancha después de
los 7,50 m de salida hasta el
fondo de la cancha, pudiendo tocar antes las tablas laterales.
Se
considerará jugada de pique regular cuando la bocha lanzada no tocara ninguna
bocha ni el bochín antes de tocar la cabecera.
La
jugada de pique deberá ser anunciada sólo cuando el bochín esté en la zona de
juego.
Para
ejecutar la jugada de pique, el jugador podrá avanzar hasta la línea de 7,50 m de salida, la que no
deberá pisar ni sobrepasar con el pie adelantado. Entiéndase por pie adelantado o pie más
avanzado aquél que se encuentre en el aire en el momento de despedirse la bocha
de la mano. El jugador deberá
desplazarse siempre de frente a la cabecera opuesta, sin volver el cuerpo ni
detener el avance del mismo antes de arrojarla.
Ejecutada
una jugada de pique regular, deberá contemplarse lo siguiente:
a)
si después de tocar la cabecera la bocha lanzada
desplazara una bocha sin salir de la zona de rafa ella ni la desplazada, ambas
se marcarán donde se hayan detenido;
b)
si después de tocar la cabecera la bocha lanzada
embistiera a una bocha, desplazándola fuera de la zona de rafa, la desplazada
se colocará contra la cabecera en el lugar en el que haya golpeado; si no
hubiera golpeado en la cabecera, contra ella en la misma dirección en la que se
haya detenido; de no ser posible por estar ocupado ese lugar por una bocha, se
colocará en la posición más cercana a la misma, a su derecha o su izquierda,
pero siempre en pérdida de ella; si no pudiera ser colocada en pérdida, se
invertirán las posiciones de las bochas a tal efecto; y la lanzada se marcará
donde se haya detenido dentro de la zona de rafa;
c)
si después de tocar la cabecera la bocha lanzada
desplazara dentro de la zona de rafa una bocha y la lanzada saliera de dicha
zona, la bocha desplazada se marcará donde se haya detenido, y la lanzada
deberá ir contra la cabecera en el lugar en el que haya golpeado; si éste
estuviera ocupado por otra bocha, la lanzada se colocará en la posición más
cercana a la misma, a su derecha o su izquierda, pero siempre en pérdida de
ella; si no pudiera ser colocada en pérdida, se invertirán las posiciones de
las bochas a tal efecto;
d)
si después de tocar la cabecera la bocha lanzada
embistiera en la zona de rafa a una bocha y ambas salieran a la zona de juego,
se procederá de acuerdo con lo establecido en los incisos “b” y “c”
de este artículo;
e)
si después de tocar la cabecera la bocha lanzada
volviera a la zona de juego sin hacer juego dentro de la zona de rafa, será anulada.
Una
jugada de pique será irregular:
a)
cuando la bocha lanzada haya tocado una bocha o el bochín
antes de golpear la cabecera; en tal caso, se aplicará la Regla de la Ventaja.
Si el adversario aceptara la jugada serán aplicables el artículo 71 y los
puntos 2, 3, 4 y 5 del artículo 49, agregándose que lo dispuesto en el último
de estos puntos para la bocha desplazada deberá aplicarse también a la bocha
lanzada;
b)
cuando una falta haya sido señalada por el árbitro; en
este caso, la bocha será anulada al igual que sus efectos;
c)
cuando no haya sido anunciada o cantada la jugada a
efectuar; en este caso, la bocha será anulada al igual que sus efectos.
Si
como consecuencia de una jugada regular y por deficiencias que pudieran tener
las canchas, el bochín se colocara debajo de las tablas o quedara aprisionado
por éstas, de manera tal que toda su periferia no se hallara dentro de la
cancha, se procederá a anular la mano.
De igual manera se actuará si el bochín quedara hundido más de un 50 % (cincuenta por ciento) en la
cancha.
Si
por efecto de una jugada se rompiera el bochín, se anulará la mano; y si fuera
una bocha, ésta será retirada de la cancha, siendo válidos los efectos
producidos, debiendo reponerse la bocha retirada para las manos siguientes. Si
no existiera repuesto, el partido se suspenderá hasta que se contara con el
mismo.
Si
por efecto de una jugada una bocha saliera de la cancha o golpeara en la arista
de las tablas laterales o suplementos de laterales (al no estar con toda su
periferia dentro de la cancha), o corriera por sobre las tablas laterales o
tocara contra cualquier objeto sobre las alturas reglamentarias de las
cabeceras y/o laterales (ej: postes, protecciones, mallas, techo,
luminarias, etc.), será anulada; si fuera el bochín se anulará la mano.
Si
la bocha anulada reingresara en la cancha y moviera una bocha o el bochín
ubicados en sus marcas, éstos deberán volver a ellas. Si la bocha anulada
tocara el bochín en movimiento o fuera de su marca se dará por anulada la mano;
si tocara una bocha en movimiento, ésta se marcará en el lugar en que se haya
detenido.
Si
por efecto de una jugada una bocha retrocediera pasando la línea de salida de 4,00 m, se considerará fuera
de juego, aún en el supuesto caso en que volviera a trasponer dicha línea. Si fuera el bochín, se dará por anulada la
mano.